Todo lo que debes saber de las vacaciones
Llegan las añoradas vacaciones y la oficina comienza lentamente a vaciarse. Son muchas las personas que guardan sus días de vacaciones para gozarlos con la familia, descansar y llenarse de energías. Unos prefieren tomarse días de verano, otros salir a mitad de año y en algunos casos, otros les encanta alargar sus fines de semana.
Sea cual sea la forma en que se piden vacaciones, el tema de descontar días y hacer calzar las vacaciones entre el equipo y las funciones de cada uno, siempre es una tarea difícil. Aquí te dejamos las características fundamentales de las vacaciones, los tipos de vacaciones que existen y cuántas vacaciones le corresponden a un colaborador.
10 Características de las vacaciones que tienes que saber
Las vacaciones son consideradas legalmente como "feriados", pero todos los conocen como vacaciones. No te pierdas sus principales características inamovibles, para que las pienses una vez que tengas que solicitar o aprobar algún día.
1. Son remuneradas
¡Todas las vacaciones son remuneradas! Esto quiere decir que cualquier día solicitado como vacaciones se debe de pagar como día trabajado. En el caso de que ocurra un despido o una renuncia y aún te queden días de vacaciones por tomarte, estos deben ser pagados como días trabajados y acumulados en tu finiquito. En el caso del finiquito, estos deben contarse como "días corridos". Para mayor información sobre el cálculo de los feriados proporcionales te dejamos este link.
2. Son variables por región
Las vacaciones tienen un mínimo de días según región del país. En la mayoría de las regiones corresponde al año entregar 15 días hábiles de vacaciones, pero no es el caso con la XI Región de Carlos Ibañez del Campo, la XII Región de Magallanes y la Antártica Chilena y la provincia de Palena, al final de la Región de los Lagos. En estas regiones, es legal otorgar 20 días hábiles de vacaciones al cumplir el año trabajado. Esto se debe a que en estas zonas extremas, los trabajadores demoran mucho en trasladarse a sus lugares de trabajo.
3. Se cuentan en días hábiles
La forma correcta de contar tus vacaciones es en días hábiles. Esto significa que si tienes 10 días de vacaciones, se te descontarán días de lunes a viernes, el fin de semana es libre. En aquellos casos en los que se trabaje de manera parcial durante la semana o días de fin de semana, se sigue manteniendo la cuenta en días hábiles de lunes a viernes. Si quieres saber más información, puedes hacer clic aquí.
4. Son irrenunciables
¡No puedes renunciar a tus días de vacaciones! Es muy importante que los trabajadores se tomen las vacaciones para descansar y llenarse de energías. El colaborador no podrá renunciar o rechazar sus vacaciones. Así mismo, el empleador no podrá negarle vacaciones a su trabajador.
5. Se acumulan
Las vacaciones pueden ser acumulables. Esto quiere decir que el colaborador puede no tomarse sus vacaciones en un año y por ende se acumule con las próximas vacaciones, pero la idea es que no supere dos periodos. Ahí es obligación del empleador pedirle al empleado que salga de vacaciones y se tome sus días antes de que comience un nuevo periodo para feriados.
En el caso de que no lo haga, el colaborador seguirá acumulando sus vacaciones, ya que nunca perderá ese derecho. Según dice la ley: “No obstante, si por cualquier circunstancia, y a pesar de la prohibición antedicha, se hubiere acumulado más de dos períodos, la doctrina reiterada de esta Dirección, manifestada, entre otros, en dictamen Nº 78, de 12.01.82, ha señalado que el trabajador tiene derecho a impetrar la totalidad de los días que comprende la acumulación, y sostener que se pierda alguno de los períodos involucraría imponer una renuncia de derechos al dependiente, lo que se encuentra prohibido por el artículo 5º del Código del Trabajo.
Para mayor información sobre la acumulación y toma de vacaciones, puedes hacer clic aquí.
6. No se compensan
No se puede compensar un día de vacaciones por dinero. El objetivo de las vacaciones es que la persona salga de su lugar de trabajo, compense su vida laboral con la familiar y se llena de energías para seguir trabajando con ganas durante el próximo año. La única forma en que se podría compensar un día de vacaciones por dinero, es en el caso de una renuncia o despido, donde se deben pagar esos días hábiles acumulados. Las únicas vacaciones que pueden ser compensadas por dinero, son las progresivas. Puedes tener más información sobre ese punto en el siguiente link.
7. No los pierdes nunca
Así como puedes acumular las vacaciones, también se guardaran todo el tiempo que el trabajador se mantenga en la empresa. ¡Las vacaciones no se pierden nunca!
8. Se pueden dividir
No es necesario que los 15 o 20 días hábiles se tomen de manera consecutiva. Muchas empresas permiten que sus colaboradores se tomen las vacaciones como ellos quieran, mientras haya una organización de equipo. En otros casos, la ley indica: “El feriado deberá ser continuo, pero el exceso sobre diez días hábiles podrá fraccionarse de común acuerdo." De esta forma, se pueden tomar 10 días de vacaciones y luego repartir 5 a lo largo del año y tener vacaciones en verano, invierno o generar fines de semanas más largos. Para mayor información, haz clic aquí.
9. Deben ser aprobadas
Las vacaciones se pueden tomar una vez que se conversa con la jefatura, de esta forma pueden ser aprobadas o rechazadas. Si bien las vacaciones son un derecho, no se pueden tomar cuando el trabajador lo desee. Es importante anunciar las vacaciones a la jefatura para que puedan ponerse de acuerdo en cantidad de días de ausencia y cómo equilibrar el equipo de trabajo. A veces la ausencia de una persona en ciertos periodos determinados de una empresa genera mucha desestabilidad y se requiere de la presencia de todo el equipo para terminar una tarea. Es por eso que las vacaciones deben ser de mutuo acuerdo y aprobadas por jefatura.
10. Desconexión total
Durante los días de vacaciones, el objetivo es que la persona se desconecte totalmente de sus labores diarias del trabajo. Esto quiere decir, que no se puede contar o depender de aquella persona para realizar un trabajo en la empresa. El trabajador tiene derecho a recrearse y descansar, sin la necesidad de contestar o reportar a la jefatura. Si bien en Chile no hay una ley explicita que lo mencione, se ampara bajo el artículo 33 del Código del Trabajo, en donde se menciona que los trabajadores tienen un horario fijo de trabajo y que dependerá de ellos si quieren contestar o seguir trabajando fuera de su jornada laboral.
Tipos de vacaciones
Vacaciones Anuales
Todo trabajador que cumpla un año prestando servicios a una empresa, tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones anuales remunerados. Para la Provincia de Palena, la XI Región de Carlos Ibañez del Campo y la XII Región Magallanes y la Antártica Chilena, los días hábiles de vacaciones remuneradas suben a 20.
Vacaciones progresivas
Se entiende por "feriado progresivo" al derecho que se le entrega al trabajador de sumar 1 día de vacaciones por cada tres años trabajados para el mismo empleador. Eso si, para obtener ese beneficio debe llevar 10 años trabajados para el actual o antiguos empleadores, un total de 120 cotizaciones. Este requisito es una base de trabajo que servirá para poder obtener feriados progresivos en cualquier empleo.
Feriado colectivo
Feriado otorgado por el empleador como mecanismo que sirve para cerrar temporalmente una empresa, algunos de sus establecimientos, o una parte de ella. Es la facultad legal para determinar unilateralmente cuando los trabajadores harán uso de su feriado. Este feriado no puede ser menor a 15 días hábiles y puede ser otorgado solo una vez al año.
Vacaciones proporcionales
Se aplica en aquellos casos en que el trabajador posee un número determinado de vacaciones hábiles y progresivos acumulados que deben pagarse al fin de su contrato, sea por renuncia o despido. Estos días se calculan en base a la cantidad de días trabajados y número total de días de vacaciones. Para más información en cómo sacar el cálculo correspondiente, puedes ingresar aquí.
¿Cuántas vacaciones me corresponden conforme a la Ley?
Es una pregunta que muchos se hacen y va a depender de la cantidad de días que lleves trabajando en una empresa. De todas formas, si existe una base legal que resguarda a todo trabajador por el servicio que presta en la empresa o cualquier otro lugar de trabajo.
Las vacaciones legales de un trabajador no pueden ser inferior a 15 días hábiles al año. Si llevas un año trabajando en una empresa, entonces te corresponden legalmente 15 días hábiles de vacaciones, las cuales se toman como días hábiles, osea de lunes a viernes. El sábado y el domingo se consideran días libres. En el caso de la XI y XII Región, las vacaciones legales corresponden a 20 días hábiles.
Como mencionamos anteriormente... ¡Los días de vacaciones son irrenunciables! Esto quiere decir que el empleador no puede negar que un trabajador se tome sus vacaciones, ni tampoco un trabajador puede negar sus días de vacaciones o no tomárselas. En el caso en que se provoque un despido o haya una renuncia de por medio, esos días deberán pagarse como día trabajado.
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